1.- ¿Qué entendemos por Política Integral de Juventud?
2.- ¿A quiénes nos dirigimos?
3.- Los principios generales de la política integral de juventud
4.- Funciones de la Dirección de Juventud y Acción Comunitaria del Gobierno Vasco
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1.- ¿Qué entendemos por Política Integral de Juventud?
La política integral de juventud abarca, por un lado, las medidas para facilitar la integración de la juventud en la sociedad mediante la planificación, ejecución y evaluación de las políticas transversales en materia de juventud al objeto de promover la emancipación juvenil, y, por otro, la promoción de la condición juvenil a través de los programas, actividades, servicios y equipamientos específicos de la juventud, todo ello llevado a cabo mediante procesos y con cauces que propician la participación juvenil.

2.- ¿A quiénes nos dirigimos?
La juventud se acota, de forma convencional a la hora de aplicar la política integral de juventud, a las personas comprendidas entre los 14 y los 30 años.

3.- Los principios generales de la política integral de juventud
1.- Atención integral a la situación juvenil.
2.- Transversalidad.
3.- Igualdad de oportunidades.
4.- Respeto a la diversidad y a la diferencia.
5.- Integración de la perspectiva joven.
6.- Acción positiva.
7.- Eliminación de roles y estereotipos.
8.- Colaboración y coordinación.
9.- La Planificación.
10.- Proximidad.
11.- Participación.
12.- Promoción de valores.

4.- Funciones de la Dirección de Juventud y Acción Comunitaria del Gobierno Vasco (Decreto de Estructura Orgánica del Departamento de Cultura ):
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Impulsar, en colaboración con otras instituciones públicas y agentes sociales, políticas orientadas a posibilitar una adecuada inserción de las personas jóvenes en la sociedad.
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Desarrollar las políticas integrales de juventud coordinando los grupos de trabajo interinstitucionales e interdepartamentales.
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Recoger y difundir la información y documentación que pueda dar cuenta de la situación del mundo juvenil, así como realizar las investigaciones y estudios que al respecto se consideren oportunos.
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Analizar las necesidades y proponer las medidas normativas en materia de política de infancia y juventud, desarrollo comunitario, y ocio y esparcimiento, de tales sectores.
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Elaborar planes de promoción sociocultural y los destinados a fomentar la utilización social, cultural y educativa del ocio.
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Ejercer las funciones de acción directa que a la Administración de la Comunidad Autónoma correspondan relativas a:
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Información y documentación juvenil, albergues e instalaciones para la infancia y la juventud, turismo juvenil y demás servicios a la juventud.
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Programas europeos para la juventud e intercambios juveniles.
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Cuantas otras correspondan en el ámbito de la juventud y de la acción comunitaria.
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Impulsar la formación y definir el perfil de las personas que trabajan en la educación de tiempo libre infantil y juvenil, en la dinamización sociocultural y en los centros de prestación de servicios a la infancia y a la juventud.
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Promocionar el voluntariado, el asociacionismo infantil y juvenil y el desarrollo comunitario.
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Cooperar con organismos y entidades estatales, europeos e internacionales en actuaciones que por razón de la materia resulten de interés común.
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Desarrollar las funciones atribuidas al Observatorio Vasco de la Juventud para el seguimiento y desarrollo de las políticas integrales de juventud

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