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Renuncia a plaza adjudicada y solicitud de devolución de cuota


1.- Renuncia a plaza adjudicada

Si una vez adjudicada una plaza en un campo de trabajo deseas renunciar a dicha plaza, deberás comunicárselo inmediatamente a la Dirección de Juventud del Gobierno Vasco. E-mail: gazteria-auzolandegiak@ej-gv.es  Debes indicar: tu nombre y dos apellidos, nombre y fechas del campo de trabajo al que renuncias y nº de tu DNI.

2.- Normas de devolución de cuota

2.1.- Devolución de cuota en otras Comunidades autónomas

2.2.- Normas de devolución de cuota para los campos de Euskadi y del extranjero.


2.1.- Devolución de cuota en otras Comunidades autónomas


Por otra parte, debes saber que cada comunidad autónoma tiene sus normas de devolución de cuota.

En cualquier caso, tanto la comunicación de renuncia a plaza adjudicada como las solicitudes de devolución de cuota y la documentación que se requiera en cada caso, se presentarán siempre en la Dirección de Juventud del Gobierno Vasco (C/ Donostia-San Sebastián 1. 01010 Vitoria-Gasteiz). El Gobierno Vasco trasladará cada solicitud a la comunidad autónoma correspondiente. Ver las normas de cada comunidad:

2.1.1.- Normas para los campos de comunidades autónomas: Aragón / Asturias / Cantabria/ Castilla y León/ Castilla-La Mancha / Euskadi / Madrid / Murcia /Extremadura. 

1.- En caso de renuncia a una plaza adjudicada, la persona interesada deberá comunicárselo lo antes posible a la Dirección de Juventud y Acción Comunitaria del Gobierno Vasco ( gazteria-auzolandegiak@ej-gv.es), indicando su nombre y apellidos, DNI, nombre y fechas del campo de trabajo.

Además, deberá enviar la hoja de renuncia  (disponible en  formato pdf, 58 kb y en formato word, 301 kb) debidamente cumplimentado y firmado, junto con una copia de DNI (pasaporte o NIE) de la persona que renuncia (Gobierno Vasco. Departamento de Cultura. Dirección de Juventud. Campos de trabajo. C/ Donostia-San Sebastián 1. 01010 Vitoria-Gasteiz)

2.- La devolución del precio público correpondiente a la inscripción en los campos de trabajo de Aragón procederá cuando por causa no imputable a la persona obligada al pago de la cuota de inscripción no se produzca su participación en el campo de trabajo.

2.1.- Cuando la causa de la no participación no sea imputable a la propia Administración, deberá verificarse alguno de los siguientes supuestos:

• Enfermedad del /de la joven que le impida la asistencia a la actividad. En este caso, se deberá adjuntar un certificado oficial, cumplimentado y firmado, o un informe hospitalario.
• Enfermedad o muerte de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. En este caso, se deberá adjuntar un certificado oficial debidamente cumplimentado y firmado.
• Causa de fuerza mayor, debidamente justificada.

2.2.- En caso de querer solicitar la devolución de cuota, la persona interesada deberá enviar, obligatoriamente, a la Dirección de Juventud (Gobierno Vasco. Departamento de Cultura.// Dirección de Juventud. //Auzolandegiak-Campos de trabajo. //C/ Donostia-San Sebastián 1// 01010 Vitoria-Gasteiz), la siguiente documentación, debidamente cumplimentada y firmada, con anterioridad al inicio del campo de trabajo:

  • hoja de renuncia  (disponible en  formato pdf, 58 kb y en formato word, 301 kb)
  • hoja de solicitud de devolución de cuota (disponible en formato pdf, 65 kb y  en formado word, 310 kb )
  • documentos justificantes de la circunstancia declarada como impedimento para acudir al campo de trabajo.
  • impreso de Alta de Datos de Tercero/a  (pdf, 1.32 MB) (el tercero/a es la persona inscrita para el campo de trabajo)
  • copia del DNI, pasaporte o NIE de la persona inscrita en el campo de trabajo.

 

2.3.- En caso de suspensión del campo, las personas interesadas en la devolución de la cuota deberán, asimismo, enviar debidamente cumplimentados y firmados:

2.1.2.- Andalucía:

Sólo se procederá a la devolución de cuotas en caso de suspensión de la actividad por parte de la Administración.

2.1.2.- Canarias:

La cuota de participación solamente se devolverá por suspensión de la actividad.

2.1.2.- Cataluña:

Para la devolución de la cuota, previa renuncia debidamente justificada y acreditada según los supuestos que se exponen a continuación, existe un Modelo de Devolución (pdf, 32 kb) de cuota de Participación normalizado que se ha de cumplimentar y registrar en la Dirección de Juventud del Gobierno Vasco en un plazo de diez días naturales posteriores al hecho que ocasiona la renuncia  (pdf, 27 kb), y en todo caso con anterioridad a la fecha de inicio de la actividad. 

Supuestos de devolución:

  • Enfermedad del /de la joven que le impida la asistencia a la actividad. En este caso, se deberá adjuntar un certificado oficial, cumplimentado y firmado, o un informe hospitalario.
  • Enfermedad o muerte de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. En este caso, se deberá adjuntar un certificado oficial debidamente cumplimentado y firmado.
  • Suspensión de la actividad.
  • Otras causas de fuerza mayor, debidamente justificadas.

2.1.2.- Ceuta:

Se procederá a la devolución de la cuota, en caso de suspensión de la actividad, imputable a la entidad organizadora. Al mismo tiempo, previa justificación y por causa mayor, se podrá devolver la cuota quince días antes del comienzo de la actividad, y el 50% de la misma si se produce fuera del plazo señalado. Utilizar el impreso de Ceuta (pdf, 73 kb).

2.1.2.- Galicia:

Solamente se devolverá la cuota (pdf, 27 kb) cuando por causas no imputables a la persona interesada el servicio no se preste, o cuando la Administración anule la actividad.

2.1.2.- La Rioja:

La devolución de la cuota se producirá, mediante solicitud (pdf, 23 kb) dirigida al Director General de Juventud del Gobierno de La Rioja aportando la documentación original o fotocopia compulsada  que justifique la no participación en la actividad. Tanto la solicitud como la documentación requerida se entregarán en la Dirección de Juventud del Gobierno Vasco. Estas son las causas por las que se podrá solicitar la devolución de la cuota:

1. Suspensión de la actividad
2. Por causa de fuerza mayor, debidamente justificada

La no incorporación a la actividad o la cancelación de la plaza una vez comenzado el Campo de Trabajo supondrá la pérdida del 100% del importe abonado.

2.1.2.- Melilla:

Solamente se procederá a la devolución de la cuota, en casos de suspensión de la actividad, imputable a la entidad organizadora.

2.1.2.- Navarra:

Para tener derecho a la devolución de cuota de los campos de trabajo, la persona interesada deberá acreditar alguno de los siguientes supuestos:
1. Suspensión de la actividad
2. Por causas de fuerza mayor, debidamente justificada

2.1.2.- Valencia:

La renuncia de plaza y, en su caso, la solicitud de devolución de cuota, se realizará siempre por escrito, en los modelos facilitados por el IVAJ. Puedes encontrarlos y cumplimentarlos en la web http://www.ivaj.es.

La renuncia a la plaza de un campo de trabajo deberá presentarse antes del inicio de la actividad y no implicará la devolución del precio público ingresado, salvo, en los casos especificados a continuación, previa solicitud de la persona interesada:

a) Enfermedad del o de la joven que le impida la asistencia a la actividad. En este caso, se deberá adjuntar un certificado médico oficial, cumplimentado y firmado, o un informe hospitalario.
b) Enfermedad o muerte de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. En este caso, se deberá adjuntar un certificado oficial debidamente cumplimentado y firmado
c) Haber encontrado un trabajo. En este caso, se deberá adjuntar fotocopia compulsada del contrato de trabajo o documento equivalente.
d)  Suspensión de la actividad.
e) Otras causas de fuerza mayor, debidamente justificadas.

Quedan excluidas de la posibilidad de devolución las razones de se aludan como consecuencia de los rendimientos académicos en los diferentes niveles educativos de los y las participantes, la realización de cualquier actividad preparatoria del curso académico o de prácticas universitarias.

Se deberá presentar el impreso de solicitud de devolución de la cuota sellado por la entidad bancaria junto con la fotocopia del DNI y los documentos acreditativos del motivo de la solicitud.

 

2. 2.- Normas de devolución de cuota para los campos de Euskadi y del extranjero:


2.2.1.- La devolución del precio público correspondiente a la inscripción en los campos de trabajo de la Comunidad Autónoma de Euskadi se producirá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34.6 del Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, es decir, procederá la devolución del importe que corresponda cuando por causas no imputables a la persona obligada al pago del precio no se realice la actividad o no se preste el servicio.

2.2.2.- Cuando la causa de la no participación no sea imputable a la propia Administración, deberán verificarse los siguientes extremos:

2.2.2.1.- Que la causa que impide la participación en el campo de trabajo sea alguna de las siguientes circunstancias:

a) Enfermedad o accidente del o de la joven que le impida asistir al campo de trabajo. b) Enfermedad o muerte de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. c) Otras causas de fuerza mayor, debidamente justificadas.

No se considerarán causas no imputables a la persona obligada al pago las siguientes: el haber conseguido un trabajo, haber obtenido malos resultados académicos o el haber conseguido plaza en algún otro programa de actividades coincidente en fechas con el campo de trabajo.

2.2.2.2.- Que se haya presentado, antes del inicio del campo, la hoja de renuncia a plaza de campo de trabajo, dirigida al Director de Juventud y Acción Comunitaria, cumplimentada y firmada, junto con una fotocopia del DNI o de la tarjeta de extranjero/a de la persona que renuncia (Gobierno Vasco. Departamento de Cultura. Dirección de Juventud y Acción Comunitaria, c/ Donostia-San Sebastián 1, 01010 Vitoria-Gasteiz).

2.2.2.3.- La persona que desee solicitar la devolución de cuota deberá, además, presentar, antes del 31 de octubre de 2009, los siguientes documentos:

a) Hoja de solicitud de devolución de cuota, cumplimentada y firmada.

b) Justificación fehaciente de la circunstancia que impide la participación en el campo de trabajo, expedida, cuando así proceda, por el organismo público que corresponda.

c) Hoja de alta de datos de tercero/a (persona inscrita para el campo de trabajo). Dicha hoja deberá presentarse debidamente cumplimentada y firmada, y sellada, además, por la entidad bancaria correspondiente.

d) Fotocopia del DNI o de la tarjeta de extranjero/a de la persona inscrita en el programa y que solicita la devolución de la cuota.

2.2.3.- Una vez iniciada la participación del o de la joven en el campo de trabajo, únicamente se devolverá la cuota en casos de fuerza mayor debidamente justificada. En dichos supuestos, se devolverá la parte proporcional correspondiente a los días no disfrutados, que deberán suponer, como mínimo, el 50% de la duración del turno del campo de trabajo.

2.2.4.- Las solicitudes de devolución de cuota serán resueltas por el Director de Servicios del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco en un plazo de dos meses a contar desde la fecha de presentación, entendiéndose que las mismas han sido desestimadas si no consta resolución expresa dentro del citado plazo, y sin perjuicio de que sean resueltas de forma expresa con posterioridad.

Suspensión de la actividad y devolución de cuota

Las personas inscritas en un campo suspendido de Euskadi tendrán derecho a la devolución de la cuota de inscripción. No obstante, estas personas deberán presentar, antes del 31 de octubre, los siguientes documentos a la Dirección de Juventud y Acción Comunitaria del Gobierno Vasco, sito en c/ Donostia-San Sebastián 1, 01010 Vitoria-Gasteiz:

a) Hoja de solicitud de devolución de cuota, cumplimentada y firmada.
b) Hoja de alta de datos de tercero, debidamente cumplimentada y firmada, y sellada, además, por la entidad bancaria correspondiente.El tercero es la persona inscrita en el campo de trabajo.
c) Copia del DNI o de la tarjeta de extranjero/a

Fecha de la última modificación: 12/05/2009