
Enseñanza No Reglada: Iniciación Profesional (segundos cursos de 2008 -2009)
Introducción
Destinatarios/as
Finalidades
Estructura
Certificación

Orden de 6 de mayo de 2008, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan ayudas por la realización de la Fase de Formación Práctica (FFP) en los Programas de Inicialización Profesional, durante el período 2007-2008.
Fecha de publicación en el BOPV: 9 de septiembre de 2008.
Resolución del 10 de junio de 2008 del Viceconsejero de Educación, por la que se convocan subvenciones a ayuntamientos, mancomunidades o entidades creadas por ellos para el desarrollo de 2º cursos de Iniciación Profesional.
Fecha de publicación en el BOPV: 17 de julio de 2008
Resolución del 17 de junio de 2008 del Viceconsejero de Educación, por la que se convocan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de 2º cursos de Iniciación Profesional.
Fecha de publicación en el BOPV: 18 de julio de 2008
Información sobre Iniciación Profesional: Extraído del libro "¿Qué puedo hacer después de la ESO? curso 2007/2008" (pdf, 398 KB)
Listado de Centros de Iniciación Profesional (CIP) 2007-2008 (pdf, 93 KB)
Marco curricular y organizativo
Marco curricular 
Introducción
Los programas de Iniciación Profesional surgieron al amparo de la Orden de 20 de septiembre de 1988 del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, con el objetivo específico de lograr la inserción laboral de los y las jóvenes que abandonan el sistema educativo sin cualificación académica ni profesional.
Desde sus orígenes, estos programas se desarrollaron a través de convenios de colaboración entre ayuntamientos, mancomunidades o entidades privadas sin ánimo de lucro y el Departamento de Educación, Universidades e Investigación.
La Ley 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) en su artículo 23.2 establece que:
"Para los/as alumnos/as que no alcancen los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria se organizarán programas específicos de Garantía Social, con el fin de proporcionarles una formación básica y profesional que les permita incorporarse a la vida activa o proseguir sus estudios en las distintas enseñanzas regladas en esta ley y, especialmente, en la formación profesional específica de grado medio a través del procedimiento que prevé el articulo 32.1 de la presente ley. La Administración local podrá colaborar con las administraciones educativas en el desarrollo de estos programas".
Teniendo en cuenta que los programas de Iniciación Profesional cumplían algunas de las condiciones señaladas por la LOGSE para los programas de Garantía Social, el Departamento de Educación, Universidades e Investigación determinó que los programas de Iniciación Profesional fueran la concreción de los programas de Garantía Social en la CAPV, si bien reforzó en ellos los aspectos de formación básica, orientación profesional y tutoría necesarios para garantizar la consecución del doble objetivo de los programas da Garantía Social: la incorporación a la vida activa y/o la continuación de estudios, especialmente a través de la formación profesional específica de grado medio.
Estos programas tienen la función de preparar a esos colectivos de jóvenes para la ejecución de trabajos relativamente simples que requieran conocimientos teóricos y capacidades técnicas limitadas, pero que no cierren la puerta a avanzar a partir de ellas a niveles más elevados de cualificación, siendo la polivalencia la característica que soporta y enmarca el diseño del currículo; en esta formación se tiene en cuenta que el conjunto de capacidades básicas requeridas para el desempeño de un puesto de trabajo de este nivel de cualificación no sólo abarca los aspectos más técnicos o de habilidades y destrezas manuales, sino que, además, incluye el conjunto de capacidades que tienen la finalidad de facilitar la adaptación a un puesto de trabajo, así como de proporcionar el progreso personal del individuo.
El Decreto 72/2001, del 24 de abril, publicado en el BOPV el 8 de mayo del 2001, establece los aspectos esenciales de la acción formativa que se integran en los programas de Garantía Social.
Destinatarios/as
Los programas de Iniciación Profesional están destinados a jóvenes mayores de 16 años y menores de 21, que no hayan alcanzado los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria y que, por tanto, no han obtenido el título de Graduado en Secundaria.
Se trata, por lo tanto, de un colectivo formado por alumnado de marcada heterogeneidad, interesado en continuar su formación a través de una vía orientada al mundo productivo. El elemento común a todos ellos es el interés por aprender una profesión.
Finalidades
Estos programas de Iniciación Profesional se orientan a la consecución de los siguientes objetivos:
Desarrollar y consolidar la madurez personal de los y las jóvenes para el desarrollo pleno como persona en una sociedad pluricultural y democrática.
Profundizar en las capacidades propias de la formación básica con el objeto de facilitarles la incorporación al mundo laboral y propiciar la reinserción en el sistema educativo, fomentando una buena disposición hacia la formación permanente.
Desarrollar la adquisición de las capacidades y destrezas suficientes para acreditar la competencia profesional demandada y potenciar la adquisición de los hábitos y actitudes precisas para desempeñar un puesto de trabajo en condiciones de seguridad.

Estructura
Como establece el Decreto 72/2001, del 24 de abril (BOPV, 8 de mayo del 2001), los programas de Iniciación Profesional se desarrollarán a lo largo de dos cursos o niveles:
El primer curso, Iniciación Profesional Básica, tendrá una duración aproximada de 1000 horas de formación.
En el segundo curso se organizará una fase de profundización y extensión de los conocimientos impartidos el primer curso, otra fase de prácticas en empresas y podrá completarse con una tercera y última fase de preparación para la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio de formación profesional.
El número total de horas semanales del alumnado participante en los programas de Iniciación Profesional será de 30 horas, distribuidas de la siguiente manera:
A las Técnicas Profesionales Básicas se dedicará entre 14 y 17 horas semanales. Este bloque formativo aportará conocimientos técnicos que inician en un perfil profesional y tendrán como finalidad la adquisición de la competencia profesional necesaria para el desempeño de un puesto de trabajo.
A la Formación Básica se dedicará entre 13 y 16 horas semanales. Este bloque formativo contribuirá a la recuperación y consolidación de los aprendizajes básicos que se consideren imprescindibles para conseguir la cualificación profesional, o en su caso, proseguir estudios: la capacidad de comunicación, aptitud para el cálculo y resolución de problemas, utilización de las tecnologías de comunicación e información, comprensión general del entorno económico en el que funcionan las empresas, capacidad para tomar decisiones y trabajar en equipo, así como el interés por la calidad y la voluntad para el cambio.
Estos bloques formativos se organizarán en función de las necesidades educativas del alumnado y del perfil profesional elegido.
La acción tutorial y de orientación constituye un elemento inherente a la actividad educativa y se desarrollará permanentemente a lo largo de todo el proceso formativo de los y las jóvenes. Dicha acción incluirá actividades tutoriales, tanto individuales como grupales. Los objetivos y contenidos de esta acción tenderán a facilitar el desarrollo personal, la integración e implicación social, la adquisición de habilidades sociales y la familiarización con el marco legal de condiciones de trabajo y de relaciones laborales del ámbito profesional de que se trate.
Con el fin de elevar las posibilidades de empleo del alumnado participante en los programas de Iniciación Profesional, se contempla un periodo formativo en centros de trabajo (prácticas en empresas) de 450 horas de duración máxima, que se desarrolla durante el segundo curso o a la finalización de éste.
Este periodo formativo se dinamiza a través del proyecto, programación, seguimiento y evaluación por el/la tutor/a del centro y el/la instructor/a de la empresa. Incluye tareas y situaciones de trabajo vinculadas a la realidad productiva y al sistema de relaciones técnicas y sociales de la empresa, manejando equipos, aparatos e información real de la empresa y del puesto de trabajo.
El carácter complementario de esta acción formativa facilita una capacitación en conocimientos procedimentales y actitudinales vinculados a un puesto de trabajo real.
La regulación de este periodo se encuentra en dos Órdenes conjuntas de los Departamentos de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social y de Educación, Universidades e Investigación.
Certificación
Todos los/as alumnos/as de Iniciación Profesional recibirán al finalizar el programa una certificación que, acorde con lo establecido, acredite la competencia profesional adquirida.
Esta certificación será tenida en cuenta en las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio de Formación Profesional, en las condiciones que determine el Departamento de Educación, Universidades e Investigación en la convocatoria de dichas pruebas.
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